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Código Civil concordado con la legislación de las Comunidades Autónomas

Nos encontramos inmersos en una fase de descodificación insaciable guiada por el afán autonómico de destacar por encima del resto de comunidades. El resultado es un magma normativo incociliable, de difícil comprensión, que genera en el ciudadano -y en el jurista- la sensación de encontrarse con un sistema jurídico estatal compuesto de múltiples ordenamientos.

Esta concepción errónea del ordenamiento jurídico español fue puesta ayer de manifiesto y aclarada por el profesor y catedrático Carlos Rogel Vide, presidente de la Asociación para el Estudio y la Enseñanza del Derecho de Autor (ASEDA), de la que formo parte desde hace ya algunos años. Vide recordó al auditorio congregado en el Salón de Actos del Colegio de Registradores, que en España existe tan solo un ordenamiento jurídico, conforme a lo dispuesto en la Carta Magna y los primeros artículos del Código Civil. Por tanto, la disparidad normativa no puede entenderse como una quiebra del sistema sino como un conjunto más o menos armónico de leyes y reglamentos que combinan el ámbito estatal o general con el autonómico.

Debido a que no por ello deja de existir un elevado grado de complejidad en la selección y aplicación de normas en el ámbito civil, se hacía necesaria la elaboración de un Código Civil concordado con la legislación de las Comunidades Autónomas. Pues bien, Carlos Rogel, junto con otros autores como el Dr. Eduardo Serrano y el Pr. Jorge Ortega, presentaron ayer la obra que da nombre a este post, en la que se analiza de forma sistemática y minuciosa la forma en la que la normativa estatal logra conjugar con las de las Comunidades Autónomas, abarcando en su estudio incluso aquellas denominadas no forales.

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