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Las anotaciones en la blockchain se pueden presentar en juicios

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Buscando anotaciones. Imagen cedida por The National Archives (UK)

Una entidad me ha preguntado si una anotación hecha en la cadena de bloques del Bitcoin se podría presentar como prueba en un juicio. Como no es ningún secreto, comparto aquí la respuesta que les acabo de enviar escrita en un e-mail sin más contemplaciones.

La cadena de bloques del Bitcoin es un libro contable en el que se pueden escribir anotaciones de manera que estas no se puedan editar ni borrar. Estas anotaciones quedan publicadas y accesibles de forma gratuita desde cualquier lugar del mundo, con las consecuencias que ello tiene. Por tanto, no deberían publicarse notas que contuvieran datos personales ni cualquier otro tipo de información que no deba revelarse a terceros, como información sensible o secretos comerciales.

Hasta la fecha, que se conozca, ninguna anotación realizada en la cadena de bloques ha sido presentada como prueba en un tribunal. Cuando se haga, la validez de la misma será incuestionable mediante el correspondiente peritaje. Dicho peritaje será necesario dado que difícilmente el primer caso de este tipo llegará a un juez que tenga, a su vez, conocimientos informáticos suficientes. El hecho de que sea incuestionable viene dado por la naturaleza jurídica de la misma derivada de la forma en la que se inscribe. Son anotaciones cuya edición es, en la práctica, imposible.

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Archivo de notas. Imagen cedida por Michael Holley Swtpc6800

El problema de las anotaciones no viene del hecho de que se puedan modificar, ya que no existe esta posibilidad, sino del contenido de la misma. Introducir datos de carácter personal, información confidencial o secretos industriales podría desembocar en un hecho potencialmente ilícito o delictivo que jamás podrá ser deshecho y que tiene graves consecuencias pecuniarias o incluso privativas de libertad. El contenido que se incluya debe ser, además, el adecuado a los fines que se busquen, ya que si se anotan dígitos que no prueban ni ayudan a probar lo pretendido, la anotación en sí no servirá o, incluso, puede dar como resultado una consecuencia contraria a la buscada. Ya que escribir es legal y las anotaciones pueden ser presentadas en un procedimiento de cualquier tipo, el foco debe centrarse en qué se escribe.

En conclusión, cualquier anotación realizada en la cadena de bloques del Bitcoin por el medio adecuado sería aceptable en un procedimiento judicial.

Aquí, algunos ejemplos de uso de la blockchain:

  • Hace unos meses, el notario Javier González Granado registró el hash de un programa en la cadena de bloques porque consideró que era la forma más eficiente de certificar la existencia de un documento digital. Cuenta cómo lo hizo en el artículo «Registrando en la Blockchain. Uso de bitcoin como registro documental en un depósito digital notarial«.
  • La cadena de bloques no es sustituto de la acción notarial, pero sí ofrece una ventaja registral como complemento electrónico. El notario José Carmelo Llopis recuerda que el sistema se puede usar como registro no sustitutivo sino complementario, en su artículo «Dos errores al valorar el impacto del Bitcoin en el sector legal».
  • El notario Ignacio Gomá Lanzón verificó la validez de las operaciones en la cadena de bloques, que es donde se insertan las notas mediante el uso de OP_RETURN. Esa validación la realizó para poder constituir la sociedad Coinffeine SL, de la que Alberto Gómez Toribio fue CEO. La historia la publicó en el artículo «¿Se puede constituir una sociedad con bitcoins?«
  • El  despacho de abogados Abanlex, en el que trabajo, usó la cadena de bloques como registro de la propiedad intelectual por medio de Proof Of Existence y lo publicó en el artículo: «Usamos la cadena de bloques como registro de la propiedad intelectual»
  • Partiendo de estas acciones, otros han actuado. Por ejemplo, la empresa N3uro ha registrado obras en la cadena de bloques (veraquí), la empresa Adscribe ha hecho lo propio (ver aquí) y el abogado Jorge García ha publicado sobre la posibilidad de registrar software en la cadena de bloques (ver aquí).

Espero que a los que vayáis a iniciar proyectos con blockchain esta información os sea de utilidad. Usar OP_RETURN para anotar cosas es una aberración (maravillosa) del Bitcoin.

Termino con una anotación que realicé. Mírala aquí. ¿A qué no sabéis en qué frase me inspiré?

Bonus que nos ofrece Joobid: La LOPD no tiene poder sobre mí!

3 thoughts on “Las anotaciones en la blockchain se pueden presentar en juicios”

  1. Gracias por la referencia, Pablo, pero a Dios lo que es de Dios: no he llegado a registrar software en la cadena. Sólo cité el mismo post que citas del notario «avanzado» Javier González, quien sí aplicó ejemplarmente una «doble capa de protección»: acta notarial y blockchain. Opción que parece muy adecuada para proteger el software «on the making» y cualquier trabajo digital en proceso.

    Un abrazo.

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