Las redes sociales han existido desde el comienzo de los tiempos, desde que el hombre es un zoon politikon, propiciando la interacción de miles de personas en tiempo real, con base en un sistema global de relaciones entre individuos basados en la estructura social de Georg Simmel. En cambio, la digitalización de éstas es muy reciente y en poco tiempo se han convertido en un fenómeno mediático de increíble envergadura.
Si tenemos en cuenta que toda actividad humana genera consecuencias jurídicas, podemos afirmar que las redes sociales no son otra cosa que máquinas sociales diseñadas para fabricar situaciones, relaciones y conflictos con multitud de efectos jurídicos [leer más…].
Hace escasas horas, he publicado un artículo sobre los aspectos legales que se deben tener en cuenta a la hora de crear redes sociales -arriba os he transcrito un fragmento-. El artículo está disponible para su lectura libre en Diario Jurídico, un medio de prensa digital para abogados, con excelente trayectoria en Internet.
Los elementos jurídicos que se incluyen en el artículo son básicamente los que ya comenté unos meses atrás, en un post titulado ¿Conoces los engranajes “legales” de una red social?
Si el enlace al artículo fallase, podéis leerlo en este archivo de imagen descargable (gracias a Thumbalizr).
One thought on “Bases para construir una red social legal”
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¿Redes sociales de abogado? Por qué los abogados no dan el salto a la nueva tecnología y dejan de quedarse en un actitud conservadora que no permite el progreso. Mas ampliado en http://elretodiario.blogspot.com/